lunes, 18 de agosto de 2008

SISTEMA DE REGISTRO DE DERECHOS REALES INMOBILIARIOS EN LA REPUBLICA DOMINICANA

SISTEMA DE REGISTRO DE DERECHOS REALES INMOBILIARIOS EN
LA REPÚBLICA DOMINICANA.
La República Dominicana, para el registro de los Derechos Reales Inmobiliarios,
cuenta con una Jurisdicción especializada, que recibe el nombre de Jurisdicción
Inmobiliaria. Los órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria, son los siguientes:
Tribunales
Superiores de Tierras.
Tribunales
de Jurisdicción Original.
Comisión
Inmobiliaria.
Dirección
Nacional de Registro de Títulos. (Órgano rector de los
Registros del País).
Dirección
Nacional de Mensuras y Catastro. (Órgano que cuenta con
SubDirecciones
Regionales).
El Derecho de Propiedad que confiere el Sistema Dominicano, ofrece las
siguientes características de “imprescriptible, oponible a todos y goza de
la garantía absoluta del Estado”.
El sistema es considerado dentro de los sistemas de presunción de exactitud,
constitutivo y convalidante.
Presunción de exactitud, significa que las informaciones que revela el
registro se presumen exactas.
Constitutivo, puesto que el derecho se constituye con el Registro de Títulos.
Convalidante, puesto que libera al titular del derecho Registrado de cualquier
afectación no inscrita en perjuicio del disponente, favoreciendo al titular
Registrado (el cual no debe ser perturbado en su adquisición).
Los derechos, para ingresar por primera vez deben pasar por un procedimiento
de depuración, que permite identificar de manera precisa el inmueble objeto de
registro. Este procedimiento recibe el nombre de saneamiento, esto solo ocurre
una sola vez en la vida de cada inmueble. Mediante este procedimiento el
inmueble ingresa al Registro por primera vez; a partir de este primer registro
todas las operaciones que se produzcan sobre el inmueble quedan plasmadas
en los Libro del Registro de Títulos correspondiente.
El Procedimiento de Saneamiento
Es un procedimiento excepcional y transitorio dentro de la legislación
Dominicana, puesto que una vez se encuentren Registrados dentro del Sistema
todos los inmuebles, dejara de existir. La República Dominicana, tiene ochenta
y siete (87) años aplicando este sistema, son pocos los inmuebles que se
encuentran fuera del Sistema de Registro de la Propiedad Inmobiliaria.
Procedemos a explicar los pasos del saneamiento a fin de precisar la eficacia
del sistema.
Los pasos para el primer Registro o Saneamiento son:
A) Mensura.
B) Proceso Judicial
C) Registro.
La Mensura
Procedimiento técnicoCientífico
por el cual se individualiza, ubica y determina
el terreno sobre el que se reclama el derecho de propiedad a registrar.
La mensura implica, el establecimiento de los límites, geográficos y
posicionamiento del inmueble, definición de superficie y una descripción grafica
del inmueble (por medio de un plano, que representa el predio real), el
inmueble mensurado recibe una nomenclatura única que lo identifica de todos
los inmuebles dentro del sistema, la cual recibe el nombre de designación
catastral. Por medio de designación catastral, será reconocido el inmueble
dentro del sistema. Todo Inmueble en la República Dominicana, le corresponde
una designación Catastral y un plano.
La Dirección Nacional de Mensuras y Catastro es el órgano que se encarga del
control de mensura y de la asignación de designación catastral de los
inmuebles.
El Proceso Judicial.
Es el procedimiento por ante los tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria que
depura el derecho a registrar.
Mediante el proceso Judicial el inmueble mensurado, es depurado definiendo
los titulares o beneficiarios del mismo, transfiriéndose el derecho a los legítimos
propietarios, determinados por la sentencia emitida por el Tribunal competente.
El Registro.
Es el acto por el cual se expide el primer Certificado de Título que acredita la
existencia del derecho. Definiendo el objeto (inmueble), los titulares de los
derechos (Persona Física o Moral).
Una vez Registrada la propiedad por primera vez, el inmueble se encuentra
dentro del Sistema, ofreciendo las mayores garantías para las personas que
desean constituir o adquirir derechos reales Inmobiliarios.
A partir del primer Registro, los derechos se constituyen con el depósito de los
documentos en las oficinas de Registros de Títulos al que corresponde el
inmueble. En el país existen veintidós (22) oficinas de Registros de Títulos. Las
siguientes son las localidades donde se encuentran las sedes de los Registros
de Títulos y sus competencias:
1) Registro de Títulos de Baní, con sede en la ciudad de Baní y
competencia sobre las provincias de Azua, San José de Ocoa y Peravia.
2) Registro de Títulos de Barahona, con sede en la ciudad de Santa
Cruz de Barahona y competencia sobre las provincias de Bahoruco,
Barahona, Independencia y Pedernales.
3) Registro de Títulos de Bonao, con sede en la ciudad de Bonao y
competencia en la provincia de Monseñor Nouel.
4) Registro de Títulos de Cotuí, con sede en la ciudad de Cotuí y
competencia sobre la provincia Sánchez Ramírez.
5) Registro de Títulos del Distrito Nacional, con sede en la ciudad
de Santo Domingo de Guzmán y competencia sobre la provincia de
Santo Domingo y el Distrito Nacional.
6) Registro de Títulos de El Seibo, con sede en la ciudad de Santa
Cruz del Seibo y competencia sobre las provincias de El Seibo y Hato
Mayor.
7) Registro de Títulos de Higüey, con sede en la ciudad de Salvaleón
de Higüey y competencia sobre la provincia de La Altagracia.
8) Registro de Títulos de La Vega, con sede en la ciudad de
Concepción de La Vega y competencia en la provincia de La Vega.
9) Registro de Títulos de Mao, con sede en la ciudad de Mao y
competencia sobre la provincia de Valverde.
10) Registro de Títulos de Moca, con sede en la ciudad de Moca y
competencia sobre la Provincia de Espaillat.
11) Registro de Títulos de Monte Cristi, con sede en la ciudad de
San Fernando de Monte Cristi y competencia sobre las provincias de
Dajabón y Monte Cristi.
12) Registro de Títulos de Monte Plata, con sede en la ciudad de
Monte Plata y competencia sobre la provincia de Monte Plata.
13) Registro de Títulos de Nagua, con sede en la ciudad de María
Trinidad Sánchez y competencia sobre la provincia de María Trinidad
Sánchez.
14) Registro de Títulos de Puerto Plata, con sede en la ciudad de
San Felipe de Puerto Plata y competencia sobre la provincia de Puerto
Plata.
15) Registro de Títulos de Salcedo, con sede en la ciudad de Salcedo
y competencia sobre la provincia de Salcedo.
16) Registro de Títulos de Samaná, con sede en la ciudad de Santa
Bárbara de Samaná y competencia sobre la provincia de Samaná.
17) Registro de Títulos de San Cristóbal, con sede en la ciudad de
San Cristóbal y competencia sobre la provincia de San Cristóbal.
18) Registro de Títulos de San Francisco de Macorís, con sede en
la ciudad de San Francisco de Macorís y competencia sobre la provincia
de Duarte.
19) Registro de Títulos de San Juan de la Maguana, con sede en la
ciudad de San Juan de la Maguana y competencia sobre las provincias de
Elías Piña y San Juan.
20) Registro de Títulos de San Pedro de Macorís, con sede en la
ciudad de San Pedro de Macorís y competencia sobre las provincias de
La Romana y San Pedro de Macorís.
21) Registro de Títulos de Santiago de los Caballeros, con sede en
la ciudad de Santiago de los Caballeros y competencia sobre la provincia
de Santiago.
22) Registro de Títulos de Santiago Rodríguez, con sede en la
ciudad de San Ignacio de Sabaneta y competencia sobre la provincia de
Santiago Rodríguez.
Las informaciones que figuran registradas en los registros son de acceso
público, pudiendo los interesados acceder a los mecanismos de publicidad
establecidos a fin de obtener información sobre los asientos y derechos
constituidos dentro de los Registros de Títulos. Dentro de estos mecanismos
están:
A) Salas de Consultas.
B) Certificaciones.
C) Informes.
D) El acceso a las informaciones de los libros en los registros que no tienen
informaciones digitalizadas.
La Jurisdicción Inmobiliaria de la República Dominicana, cuenta con un Registro
digital de derechos registrados en los Registros de Santo Domingo, Santiago, la
Vega, Puerto Plata, San Francisco, San Pedro de Macorís, Higüey y San
Cristóbal, permitiendo el acceso a las informaciones de los mismos mediante las
salas de consulta establecidas en el país.
También es de acceso público en las salas de consulta la base de datos de
imágenes de planos del país. Así como la base de datos de imágenes los
documentos de la jurisdicción, (Tribunales).
En la actualidad se desarrolla el proceso de digitalización de los restantes
Registros del país y su automatización.
Existen ocho salas de consultas de las informaciones digitalizadas, donde
pueden ser verificadas las informaciones descritas anteriormente, las cuales se
encuentran en: Santo Domingo, Santiago, la Vega, Puerto Plata, San Francisco,
San Pedro de Macorís, Higüey y San Cristóbal.

lunes, 4 de agosto de 2008